Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales y en casos de madres o padres con discapacidad
Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales y en casos de madres o padres con discapacidad: pago único gestionada por Instituto Nacional de la Seguridad Social (España (estatal)). Pago único por nacimiento o adopción (si los ingresos no superan el límite; si lo superan en menos de 1.000 €, se abona la diferencia, siempre que sea igual o superior a 10 €): 1.000 € pago único (nacimientos y adopciones de 2026).
Importes
| Concepto | Importe | Periodicidad | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Pago único por nacimiento o adopción (si los ingresos no superan el límite; si lo superan en menos de 1.000 €, se abona la diferencia, siempre que sea igual o superior a 10 €) | 1.000 € | pago único | nacimientos y adopciones de 2026 |
Requisitos y condiciones
- Progenitores o adoptantes de familias numerosas, familias monoparentales, o madres o padres con discapacidad igual o superior al 65 %.
- Residir legalmente en España.
- Ingresos no superiores al límite anual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado; límites 2026: 1 hijo a cargo 15.356,00 €; 2 hijos 17.659,40 €; 3 hijos 19.962,80 € (familia numerosa con título y tres hijos: 23.109,00 €); si conviven ambos progenitores y la suma de ingresos supera el límite, no se reconoce a ninguno.
- No tener derecho a prestaciones de la misma naturaleza en otro régimen público de protección social.
- Plazo: la solicitud debe presentarse dentro de los cinco años siguientes al nacimiento o adopción.
- No se reconoce en supuestos de acogimiento familiar.
Cómo se solicita
- Cómo solicitarla
- Solicitud ante el INSS con el formulario oficial y la documentación (DNI/NIE de ambos progenitores, libro de familia o extractos del Registro Civil, acreditación de ingresos y, en su caso, título de familia numerosa o certificado de discapacidad).
- Base legal
- Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015); Ley 40/2003, de protección a las familias numerosas; Ley de Presupuestos Generales del Estado (límites de ingresos)
- Página oficial
- Instituto Nacional de la Seguridad Social
Información de referencia. Los requisitos y cuantías pueden cambiar: compruebe siempre la página oficial antes de presentar la solicitud.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales y en casos de madres o padres con discapacidad?
- Pago único por nacimiento o adopción (si los ingresos no superan el límite; si lo superan en menos de 1.000 €, se abona la diferencia, siempre que sea igual o superior a 10 €): 1.000 € pago único.
- ¿Qué requisitos tiene Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales y en casos de madres o padres con discapacidad?
- Progenitores o adoptantes de familias numerosas, familias monoparentales, o madres o padres con discapacidad igual o superior al 65 %. Residir legalmente en España. Ingresos no superiores al límite anual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado; límites 2026: 1 hijo a cargo 15.356,00 €; 2 hijos 17.659,40 €; 3 hijos 19.962,80 € (familia numerosa con título y tres hijos: 23.109,00 €); si conviven ambos progenitores y la suma de ingresos supera el límite, no se reconoce a ninguno.
Última actualización: · Datos referidos a: España
Fuentes de esta página
- Instituto Nacional de la Seguridad Social — Página oficial (consultado el 28 de octubre de 2026)