Ayudas a familias numerosas de categoría especial, con hijos de parto o adopción múltiple y familias monoparentales
Ayudas a familias numerosas de categoría especial, con hijos de parto o adopción múltiple y familias monoparentales: pago único gestionada por Región de Murcia – Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación) (Región de Murcia). Cuantía máxima por familia (renta per cápita hasta 1.500,00 €): 2.500 € pago único (una vez en el ejercicio) (convocatoria 2026).
Importes
| Concepto | Importe | Periodicidad | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Cuantía máxima por familia (renta per cápita hasta 1.500,00 €) | 2.500 € | pago único (una vez en el ejercicio) | convocatoria 2026 |
| 75 % del máximo (renta per cápita de 1.501,00 a 3.500,00 €) | 1.875 € | pago único | convocatoria 2026 |
| 50 % del máximo (renta per cápita de 3.501,00 a 6.000,00 €) | 1.250 € | pago único | convocatoria 2026 |
| 25 % del máximo (renta per cápita de 6.001,00 € hasta el IPREM vigente) | 625 € | pago único | convocatoria 2026 |
Requisitos y condiciones
- No es una prestación general por hijo: modalidades para familia numerosa de categoría especial, familia monoparental reconocida o hijos de parto o adopción múltiple (mínimo tres menores de seis años).
- Unidad familiar empadronada en la Región de Murcia a la fecha de cierre del plazo.
- Renta per cápita no superior al IPREM vigente.
- No tener acceso a otras ayudas de análoga naturaleza para la misma finalidad.
- Gastos subvencionables realizados entre el 01/01/2026 y el 31/12/2026 (alimentación, vestido, farmacia, higiene, centros de atención a la infancia, transporte, etc.).
- Plazo de solicitud 2026: del 01/10/2026 al 15/10/2026 (cerrado).
Cómo se solicita
- Cómo solicitarla
- Solicitud en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 2792) o presencialmente en oficinas de registro con cita previa.
- Base legal
- Orden de 28 de septiembre de 2026, de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (BORM); Decreto n.º 89/2020, de 10 de septiembre (BORM n.º 214, de 15/09/2020)
- Página oficial
- Región de Murcia – Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación)
Información de referencia. Los requisitos y cuantías pueden cambiar: compruebe siempre la página oficial antes de presentar la solicitud.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es ayudas a familias numerosas de categoría especial, con hijos de parto o adopción múltiple y familias monoparentales?
- Cuantía máxima por familia (renta per cápita hasta 1.500,00 €): 2.500 € pago único (una vez en el ejercicio); 75 % del máximo (renta per cápita de 1.501,00 a 3.500,00 €): 1.875 € pago único; 50 % del máximo (renta per cápita de 3.501,00 a 6.000,00 €): 1.250 € pago único; 25 % del máximo (renta per cápita de 6.001,00 € hasta el IPREM vigente): 625 € pago único.
- ¿Qué requisitos tiene Ayudas a familias numerosas de categoría especial, con hijos de parto o adopción múltiple y familias monoparentales?
- No es una prestación general por hijo: modalidades para familia numerosa de categoría especial, familia monoparental reconocida o hijos de parto o adopción múltiple (mínimo tres menores de seis años). Unidad familiar empadronada en la Región de Murcia a la fecha de cierre del plazo. Renta per cápita no superior al IPREM vigente.
Última actualización: · Datos referidos a: España
Fuentes de esta página
- Región de Murcia – Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación) — Página oficial (consultado el 28 de octubre de 2026)