Tarjeta Benvida (Tarxeta Benvida)
Tarjeta Benvida (Tarxeta Benvida): prestación periódica gestionada por Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica) (Galicia). Ayuda general por hijo durante un año (100 € al mes): 1.200 € anual (convocatoria 2026).
Importes
| Concepto | Importe | Periodicidad | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Ayuda general por hijo durante un año (100 € al mes) | 1.200 € | anual | convocatoria 2026 |
| Tercer hijo o sucesivos (200 € al mes) | 2.400 € | anual | convocatoria 2026 |
| Importe complementario del segundo año de vida hasta los tres años (renta familiar ≤ 22.000 €): primer hijo | 600 € | anual | convocatoria 2026 |
| Importe complementario (renta familiar ≤ 22.000 €): segundo hijo | 1.200 € | anual | convocatoria 2026 |
| Importe complementario (renta familiar ≤ 22.000 €): tercer hijo o sucesivos | 2.400 € | anual | convocatoria 2026 |
Requisitos y condiciones
- Residencia en Galicia mediante empadronamiento efectivo en un ayuntamiento gallego.
- Supuestos de 2026: gestación desde la semana 21, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento permanente de menores de hasta tres años.
- Renta de la unidad familiar no superior a 45.000,00 €; si la supera, renta per cápita no superior a 13.500,00 €.
- Renta de la unidad familiar no superior a 22.000,00 € para el importe complementario.
- Incremento del 25 % por residir en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
- Plazo: dos meses desde el día siguiente al nacimiento, la adopción, la guarda o el acogimiento; en gestación, en cualquier momento de 2026 desde la semana 21.
- Se abona en una tarjeta monedero utilizable en farmacias, ópticas, librerías, supermercados, tiendas de alimentación y establecimientos de puericultura de Galicia (no para compras a distancia).
Cómo se solicita
- Cómo solicitarla
- Preferentemente por vía electrónica en la sede electrónica de la Xunta (procedimiento BS403B, anexo I) o presencialmente en los registros; convocatoria abierta del 06/02/2026 al 31/03/2027.
- Base legal
- Orden de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases de la Tarjeta Benvida y se convoca para 2026 (DOG de 5 de febrero de 2026)
- Página oficial
- Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica)
Información de referencia. Los requisitos y cuantías pueden cambiar: compruebe siempre la página oficial antes de presentar la solicitud.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es tarjeta benvida (tarxeta benvida)?
- Ayuda general por hijo durante un año (100 € al mes): 1.200 € anual; Tercer hijo o sucesivos (200 € al mes): 2.400 € anual; Importe complementario del segundo año de vida hasta los tres años (renta familiar ≤ 22.000 €): primer hijo: 600 € anual; Importe complementario (renta familiar ≤ 22.000 €): segundo hijo: 1.200 € anual; Importe complementario (renta familiar ≤ 22.000 €): tercer hijo o sucesivos: 2.400 € anual.
- ¿Qué requisitos tiene Tarjeta Benvida (Tarxeta Benvida)?
- Residencia en Galicia mediante empadronamiento efectivo en un ayuntamiento gallego. Supuestos de 2026: gestación desde la semana 21, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento permanente de menores de hasta tres años. Renta de la unidad familiar no superior a 45.000,00 €; si la supera, renta per cápita no superior a 13.500,00 €.
Última actualización: · Datos referidos a: España
Fuentes de esta página
- Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica) — Página oficial (consultado el 28 de octubre de 2026)