Prestación para familias con niños por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento
Prestación para familias con niños por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento: pago único gestionada por Generalitat de Catalunya – Departament de Drets Socials i Inclusió (Cataluña). Importe por niño: 650 € pago único (2026).
Importes
| Concepto | Importe | Periodicidad | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Importe por niño | 650 € | pago único | 2026 |
| Importe por niño si la familia tiene reconocido el título de familia numerosa o monoparental en relación con el niño | 750 € | pago único | 2026 |
Requisitos y condiciones
- Familias que han tenido un hijo (o lo han adoptado, tutelado o acogido) y que no superan un determinado nivel de ingresos.
- Residir legalmente en Cataluña; uno de los progenitores debe haber residido legalmente al menos 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud (excepción para personas retornadas).
- Convivencia de todos los miembros de la unidad familiar en el momento de la solicitud (excepto en situaciones acreditadas de violencia machista).
- Ingresos anuales de la unidad familiar no superiores a 2,9 veces el IRSC; límites 2026: hasta 3 miembros, 27.904,32 €; 4, 36.275,62 €; 5, 44.646,91 €; 6, 53.018,21 €; 7, 61.389,50 €; 8, 69.760,80 €; 9, 78.132,10 €; 10, 86.503,39 €.
- Se aplica el límite de un miembro más si algún miembro tiene una discapacidad igual o superior al 33 % o si la familia es monoparental (en este caso, como mínimo 4 miembros).
- Cada niño da derecho a una única prestación; en custodia compartida puede solicitarla cualquiera de los progenitores que conviva con el niño.
- Plazo: 3 meses para niños nacidos desde el 14/07/2026; 1 mes para nacidos hasta el 13/07/2026.
Cómo se solicita
- Cómo solicitarla
- Solicitud en línea (formulario con certificado digital o idCAT Mòbil), presencialmente con cita previa o por videoatención; trámite gratuito; resolución en un máximo de 6 meses (silencio negativo).
- Base legal
- Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias; Orden TSF/251/2016; Resolución TSF/2314/2019
- Página oficial
- Generalitat de Catalunya – Departament de Drets Socials i Inclusió
Información de referencia. Los requisitos y cuantías pueden cambiar: compruebe siempre la página oficial antes de presentar la solicitud.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto es prestación para familias con niños por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento?
- Importe por niño: 650 € pago único; Importe por niño si la familia tiene reconocido el título de familia numerosa o monoparental en relación con el niño: 750 € pago único.
- ¿Qué requisitos tiene Prestación para familias con niños por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento?
- Familias que han tenido un hijo (o lo han adoptado, tutelado o acogido) y que no superan un determinado nivel de ingresos. Residir legalmente en Cataluña; uno de los progenitores debe haber residido legalmente al menos 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud (excepción para personas retornadas). Convivencia de todos los miembros de la unidad familiar en el momento de la solicitud (excepto en situaciones acreditadas de violencia machista).
Última actualización: · Datos referidos a: España
Fuentes de esta página
- Generalitat de Catalunya – Departament de Drets Socials i Inclusió — Página oficial (consultado el 28 de octubre de 2026)